Prot. N.º 0003/2026

ESTEBAN ROMÁN, O.de.M.
Por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica
Obispo Diocesano de Nuestra Señora del Carmen


VISTO el bien espiritual del Pueblo de Dios confiado a nuestra solicitud pastoral; la necesidad de promover una vida litúrgica más solemne, ordenada y ejemplar en la Iglesia Catedral; y el deseo de fortalecer la comunión presbiteral y el servicio estable a esta Iglesia particular;

CONSIDERANDO que el Código de Derecho Canónico, en los cánones 503 al 510, prevé la existencia de un Cabildo de canónigos como colegio de presbíteros destinado a celebrar de manera más solemne las funciones litúrgicas en la iglesia catedral o colegiata, y a cumplir aquellos oficios que el derecho o el Obispo diocesano les encomiende; que corresponde al Obispo diocesano erigir, modificar o suprimir el Cabildo, así como aprobar sus estatutos y determinar sus fines, conforme a la realidad pastoral de la diócesis; y que esta Iglesia particular, bajo el patrocinio de Nuestra Señora del Carmen, requiere un órgano estable que custodie la tradición litúrgica, el culto divino y la dignidad de las celebraciones catedralicias;

DECRETAMOS:

Artículo 1. Erección canónica.
Por el presente decreto erigimos y constituimos canónicamente el Cabildo Diocesano de la Diócesis de Nuestra Señora del Carmen, con sede en la Iglesia Catedral de la misma diócesis, el cual goza de personalidad jurídica pública en la Iglesia, conforme al derecho.

Artículo 2. Naturaleza.
El Cabildo Diocesano es un colegio de presbíteros que ejerce su misión bajo la autoridad del Obispo diocesano, en comunión con el presbiterio y al servicio del Pueblo de Dios.

Artículo 3. Carácter ad experimentum.
El presente Cabildo Diocesano se erige ad experimentum y permanecerá vigente mientras cumpla fiel y adecuadamente las funciones litúrgicas, pastorales y eclesiales para las cuales ha sido constituido, salvo disposición expresa en contrario del Obispo diocesano. En caso de que el Cabildo dejare de cumplir dichas funciones, o si así lo aconsejaren las necesidades pastorales, el Obispo diocesano podrá modificar, suspender o suprimir el mismo, conforme al derecho.

Objetivos del Cabildo Diocesano

  1. Custodiar y promover el culto divino, asegurando la celebración digna, solemne y fiel de la Sagrada Liturgia, especialmente en la Iglesia Catedral.

  2. Dar mayor esplendor a las celebraciones litúrgicas catedralicias, en particular aquellas presididas por el Obispo diocesano.

  3. Ser signo de comunión presbiteral, fortaleciendo la fraternidad sacerdotal y el testimonio de unidad en torno al Obispo.

  4. Asistir al Obispo diocesano en los actos litúrgicos, pastorales o ceremoniales que este determine, conforme al derecho.

  5. Custodiar la tradición litúrgica y espiritual propia de la Diócesis de Nuestra Señora del Carmen.

  6. Promover la formación litúrgica y espiritual de sus miembros y de los ministros que colaboran en las celebraciones catedralicias.

  7. Velar por el decoro, la disciplina y la correcta organización de las funciones sagradas en la Iglesia Catedral.

La designación de los canónigos, así como la determinación de sus oficios y dignidades, será establecida mediante decreto posterior.

Dado en la Curia Diocesana, a los tres días del mes de enero del año del Señor dos mil veintiséis.


Esteban Román
Obispo Diocesano de Nuestra Señora del Carmen